CONVENIO MULTILATERAL – CAMBIO DEL N° DE IDENTIFICACIÓN

02.10.2015 09:53

La Comisión Arbitral mediante la Res. General N° 3/2015 estableció que a partir del 1 de noviembre de 2015, la única identificación de los contribuyentes comprendidos en el Régimen de Convenio Multilateral será el número de CUIT otorgado por AFIP preservando la codificación de la jurisdicción sede, la cual se identifica con tres dígitos (901 a 924).

 

Ante estas modificaciones, qué sucede con quienes ya se encuentran inscriptos en Convenio Multilateral?

 

Los contribuyentes que ya se encuentran inscriptos en Convenio Multilateral quedaran identificados de oficio dentro del Sistema Padrón Web con su número de CUIT, junto a los dígitos que identifican su jurisdicción sede.

 

A partir de ahora, cuál será mi número de inscripción en Convenio Multilateral?

 

Cuando se haga referencia al número de inscripción en Convenio Multilateral, asignado por la jurisdicción sede o por el Sistema Padrón Web, se entenderá que se refiere al número de CUIT más los tres dígitos asignados como jurisdicción sede.

 

Debo realizar una reimpresión de facturas a partir de la vigencia de dicha Resolución?

 

La Comisión Arbitral establece que no resulta nece­sario realizar la reimpresión de facturas que contengan el actual número de inscripción, ya que las mismas contienen el CUIT que identifica a los contribuyentes.