Nueva modalidad de Pago. Monotributistas-Autónomos

07.10.2016 21:51

Mediante la Resolución General N° 3936,  AFIP procedió a modificar la forma de ingreso del pago mensual de Monotributistas y Autónomos, los cuales deberán comenzar a realizarlo por alguno de los siguientes medios:

 

  • Transferencia electrónica de fondos,

  • Débito automático en tarjeta de crédito,

  • Débito en cuenta a través de cajeros automáticos,

  • Débito directo en cuenta bancaria, a cuyo efecto deberán solicitar previamente la adhesión al servicio en la entidad bancaria en la cual se encuentre radicada su cuenta. (En este caso, las adhesiones solicitadas hasta el día 20 de cada mes, tendrán efecto a partir del mes inmediato siguiente).

 

Dicha modificación comenzará a tener efectos a partir de los meses indicados a continuación y para las siguientes Categorías:

 

 

- Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes:

 

Categoría:

L y K opera a partir del mes de Octubre de 2016.

J e I opera a partir del mes de Noviembre de 2016.

H opera a partir del mes de Diciembre de 2016.

 

 

- Régimen de Trabajadores Autónomos:

 

Categoría:

V y V’ opera a partir del mes de Octubre de 2016.

IV y IV’ opera a partir del mes de Noviembre de 2016.  

III y III’ opera a partir del mes de Diciembre de 2016.  

 

 

Es importante aclarar que los sujetos que se encuentren alcanzados por estas disposiciones, continuarán estándolo aún cuando como resultado de la recategorización anual o cuatrimestral, encuadren en una categoría inferior.